Se elimina la donación de reposición y se prioriza el modelo voluntario
Buenos Aires-(Nomyc)-Una actualización de las normas administrativas y técnicas que rigen el Sistema Nacional de Sangre a través de la Resolución N° 536/2026, tras diez años de vigencia del marco anterior que busca elevar los estándares de seguridad, calidad y trazabilidad en todo el país, fue anunciada por el Ministerio de Salud de la nación.
El cambio más importante es el del reemplazo del Modelo de Donación de Reposición, por el que los pacientes o sus familiares debían buscar donantes para acceder a una cirugía o tratamiento, por un sistema de Donación Voluntaria y Habitual.
Nuevos criterios de selección y eliminación de restricciones: la resolución, actualiza los criterios de selección de donantes, al dejar atrás exclusiones que se consideraban obsoletas o discriminatorias y el nuevo marco, propone evaluar de manera exclusiva, la evidencia científica y las conductas individuales de riesgo.
Entre los cambios operativos, se elimina la obligatoriedad del ayuno previo y recomienda la ingesta de 500 ml de agua o bebidas con sales media hora antes de la extracción y
también, se ajustaron los tiempos de espera o diferimiento, para donar tras situaciones de riesgo, con un plazo de 6 meses para casos específicos como la realización de tatuajes, piercings, intervenciones estéticas invasivas, o haber permanecido en instituciones penales por más de 72 horas.
Red integrada, trazabilidad y nuevas terapias: la norma dispone una reorganización del sistema hacia una red integrada que permita procesos coordinados y una mayor capacidad de respuesta y para lograr mayor eficiencia y seguridad, se establece la desactivación progresiva de los Bancos de Sangre Intrahospitalarios para fortalecer los Centros Regionales de Hemoterapia.
Además, el Ministerio impone la obligatoriedad de informatizar los registros en todos los centros y bancos del país para garantizar la trazabilidad completa, desde la promoción de la donación hasta que el componente llega al paciente.
Por último, la norma regula la producción de terapias celulares y componentes especiales como el Plasma Rico en Plaquetas (PRP) y el Suero Autólogo Oftalmológico (SAO), asegurando que su elaboración se realice exclusivamente en establecimientos habilitados. Las instituciones del país tendrán un plazo de dos años para implementar estos cambios estructurales y tecnológicos.
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